Reclamar ante la Administración Pública por un perjuicio ocasionado en un centro de salud, o por un accidente en la vía pública debido al mal estado del pavimento, es un derecho básico que tiene todo ciudadano. Sin embargo, interponer y tramitar esta clase de reclamaciones no siempre es una tarea fácil.
En Antonia Moñino Procuradores te explicamos de una manera sencilla, cuándo y cómo es posible reclamar o interponer un recurso contra la Administración Pública.
¿Dónde puedo reclamar un daño o perjuicio?
Si el objeto de la reclamación es el daño sufrido por el mal estado o funcionamiento de los servicios públicos, el ciudadano tiene derecho a reclamar ante cualquier Administración Pública y a ser indemnizado, según recoge la Constitución española en el artículo 106.2.
Será posible reclamar en:
- Administración General del Estado
- Comunidades autónomas.
- Ayuntamientos.
- Diputaciones.
- O cualquier otra entidad que esté vinculada o sea dependiente de otras Administraciones Públicas.
El afectado deberá dirigirse directamente en contra del órgano administrativo que les haya perjudicado. Tras interponer la reclamación el ciudadano podrá llegar a recibir una indemnización si se demuestra que a causa de la inactividad o acción de la Administración Pública, resulta afectado en sus derechos o integridad física.
Un claro ejemplo de esto podría ser una lesión a causa del mal estado de un edificio público.
Pasos para reclamar ante la Administración Pública
- Primer paso, debemos presentar una reclamación de responsabilidad patrimonial ante el organismo administrativo responsable del daño causado donde solicitaremos la correspondiente indemnización. Si la Administración nos deniega dicha indemnización, podremos entonces solicitarla por la vía judicial.
Hay que tener muy presente que el plazo que disponemos para presentar la reclamación es de 1 año desde que se produce el incidente. En el caso de tener daño físico o psíquico, este plazo empezará a contar desde la curación o desde que se determina que se han producido secuelas a raíz del hecho denunciado. - Cumplimentar de forma clara y correcta la reclamación. La identificación de la persona afectada por el daño denunciado y la especificación de forma clara y concisa de la lesión o el daño causado. Aportar también todas las pruebas de que se dispongan para demostrar el mal estado de las instalaciones públicas como el parte médico de urgencias, fotografías del lugar de los hechos, declaraciones de posibles testigos presenciales, etc.
- Si la Administración no responde a la reclamación en el plazo de 6 meses, desde que se inscribe en el registro, significa que ésta ha sido desestimada, en lo que se llama silencio administrativo y se entenderá por denegada la indemnización. Será entonces cuando el afectado podrá interponer un recurso ante los juzgados y tribunales de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Llegado a este punto, el afectado deberá estar representado por un procurador y asistido por un abogado. Contará entonces con 2 meses desde que se produjo la notificación de la resolución para interponer este nuevo recurso.
Requisitos necesarios para reclamar a la Administración Pública
- El perjuicio o daño deber ser evaluable económicamente, deberá poder evaluarse y cuantificar para poder indemnizar al afectado.
- Debe ser individualizado en la persona afectada o el un grupo de personas.
- Debe poder demostrarse que proviene de una actuación negligente de la Administración Pública.
- Imprescindible la presentación de pruebas como partes médicos, declaraciones de testigos, fotografías, etc. que prueben la relación de causalidad entre el daño y la Administración Pública.
¿Dónde presento la reclamación?
- En los registros de cualquier órgano administrativo de la Administración General del Estado.
- En la Administración de las comunidades autónomas o de una entidad integrante de la Administración local.
- En las oficinas de Correos.
- En las representaciones diplomáticas.
- En oficinas consulares en el extranjero.
Si te has quedado con dudas y necesitas asesoramiento para reclamar un daño a la Administración Pública, contacta con nuestro despacho de procuradores Antonia Moñino, te ayudamos con cualquier consulta que necesites.