Concepto

El término general “apoderamiento”, hace referencia al acto administrativo a través del cual un interesado le confiere facultades o poderes representativos a otra persona, indistintamente de que esta sea física o jurídica. El apoderado actuará entonces, en su nombre, en determinados trámites o actuaciones ante las Administraciones Públicas. Los apoderamientos puede ser otorgados de formas diferentes (poder notarial, contratos legales, etc.), y puede variaren términos de alcance y duración según lo acordado por las partes involucradas.

El apoderamiento Apud Acta, concretamente, se presenta como una forma específica de otorgar poder, pues es llevado a cabo ante un Letrado de la Administración de Justicia, presencial o telemáticamente, y los poderes son conferidos a un procurador.

La validezde este poder —diferencia del apoderamiento notarial, que es indefinido—, es, en principio, de 5 años, si bien se puede revocar antes de que expire dicho periodo.

Este procedimiento se denomina “apud acta” porque el acto jurídico se recoge en un documento denominado “acta”. Para ello, el ciudadano debe dirigirse a cualquier oficina judicial y solicitar el apoderamiento mediante comparecencia ante el LAJ, o, si no pudiera presentarse físicamente, este trámite también puede realizarse de manera online a través de la Sede Judicial Electrónica.

Participantes

En la solicitud del apoderamiento Apud Acta participan principalmente 3 sujetos:

  • El interesado u otorgante, es el sujeto activo de la acción y ha de ser un ciudadano que disponga de un DNI electrónico o certificado digital con el que pueda identificarse.
  • El procurador apoderado: es el sujeto pasivo de la acción legal, pues sobre él recaen las actuaciones del interesado, quien le otorga el poder o la autorización para actuar en su nombre. El apoderado se convierte así en el representante legal designado, y actúa de acuerdo con las instrucciones y los límites establecidos en el poder apud acta.
  • Finalmente, el Letrado de la Administración de Justicia es el funcionario legalmente autorizado para presenciar y formalizar la firma del otorgante en el documento de apoderamiento. El apoderamiento apud acta se diferencia del poder notarial en que este último se realiza ante notario, quien de igual forma asegura la autenticidad y validez del acto.

Tramitación

Presencial

Si prefieres obtener tu Apud Acta en persona, el trámite es muy sencillo.

Para iniciar el procedimiento, se debe indicar en el escrito que presenta el abogado ante el juzgado el nombre del procurador. El jugado, en un plazo no superior a 5 días, requerirá al poderdante que se dirija a una oficina judicial, con la finalidad de firmar el documento a través del cual se le conceden los poderes al procurador (tal y como debe especificarse en el escrito).

Los requerimientos generales de la vía presencial es que se especifiquen los datos personales del poderdante y del apoderado, que se determine el tipo de poder, y que se concrete el lugar y la fecha de emisión del mismo.

Debemos recordar que, por lo general, este tipo de apoderamientos se realizan únicamente para el trámite concreto para el que se otorgue; lo que se denomina “poder especial”, una serie de actos específicos, como por ejemplo interponer querellas, o consentir o desistir actos.

Online

Por otro lado, para llevar a cabo el trámite de forma telemática, debes, primero de todo, entrar en la Sede Judicial Electrónica, y clicar en: “servicios”.

Dentro del desplegable de servicios, deberemos volver a clicar en “apoderamiento Apud Acta”, pudiendo registrarnos a través de cl@ve, DNI electrónico, certificado electrónico, clave PIN, y clave permanente.

Una vez identificados, debemos seleccionar un nuevo apoderamiento, marcando la opción “en calidad de Poderdante”. Tras ello, se nos requerirá la cumplimentación de una serie de datos personales, así como los del procurador.

Además, en el caso de solicitar dicho apoderamiento por medio de la vía telemática, este gozará de carácter general para pleitos, y, aunque no formen parte del Poder Judicial, ni pertenezca a la Administración de justicia, serán válidos para procedimientos ante el Tribunal Constitucional.

En resumen, el apoderamiento apud acta es un poder que permite atribuir a los profesionales jurídicos como nosotros, Antonia Moñino Procuradores, la autoridad necesaria para actuar como representantes legales de una persona en el juzgado.

Esta modalidad para conferir poderes, que es una alternativa a la más común que se lleva a cabo ante notario, ofrece numerosas ventajas. Además de la posibilidad de solicitarla en línea, no implica ningún costo para la persona interesada, es gratuito. Por otro lado, al otorgarle poder de representación a un procurador, se agilizan los procedimientos, ya que el profesional actúa en nombre del otorgante en todas las etapas del proceso, lo que evita que este último tenga que estar presente en todos los escenarios relacionados con el procedimiento.

Si te has quedado con dudas y necesitas más información sobre apoderamientos apud acta, contacta con nuestro despacho de procuradores Antonia Moñino, te ayudamos con cualquier consulta que necesites.